Organigrama sanitario
Desarrollo del programa sanitario mínimo.

El S.S.A. del DARP dicta el programa sanitario mínimo durante el periodo que considera pertinente.Este programa mínimo es de obligado cumplimiento para todos los ganaderos de Cataluña.



Via GSP/USP:


Agrupará voluntariamente a ADS / COOPERATIVAS / PROPIETARIOS / INTEGRADORES

Los interesados en participar en el GSP/USP, si no lo hacen via ADS, se incluirán en la memoria sanitaria del GSP durante el año en curso ,y este, será el responsable de desarrollar el programa sanitario.



 


ORGANIGRAMA SANITARIO PROPUESTO VIA GSP/USP



UNIDAD DE SANIDAD PORCINA PROVINCIAL

1.-Todas las directrices sanitarias que se quieran implementar para los adheridos a la provincia serán aprobadas desde la Unidad de Sanidad Porcina de la provincia.


2.-El plan sanitario fijado es de obligado cumplimiento para todos los adheridos a la provincia.

 
3.-El veterinario del GSP es una persona que :

         3. 1.- Está colegiado y trabaja exclusivamente para el GSP (o en ningún otro negocio relacionado con el mundo de la producción porcina) 
         3. 2.-El veterinario del GSP es quien ejecuta el programa sanitario.
         3. 3.- Depende funcional y economicamente del Director de Programas de la U.S.P, al cual informa del trabajo realizado y de los problemas que tenga a nivel técnico.
         3. 4.- Su trabajo imprescindible será el de implementar la parte del plan sanitario que le toque. Realizar y/o controlar la ejecución del programa sanitario aprobado.
         3. 5.- Realizar visitas periódicas a las granjas del GSP para comprobar las medidas de bioseguridad y las infraestructuras que permitan el adecuado desarrollo de la actividad.
         3. 6.-  Divulgación del programa sanitario a los asociados del GSP.

         3. 7.- Se preocupa de saber quien son los veterinarios responsables que actuan en su ámbito de actuación. Preocupándose de que todas las explotaciones tengan un veterinario responsable. Disponen del teléfono, fax ect...de los veterinarios mencionados.

         3. 8.- En el caso de que una explotación no disponga de veterinario responsable, se preocupará personalmente de la explotación , sino dicha explotación no puede pertenecer a la USP.         

         3. 9.-Tiene libre acceso a cualquier granja de su ámbito de actuación siempre y cuando vaya a realizar alguna tarea de su responsabilidad. En caso contrario, primero ha de justificar a la U.S.P. el porqué de la actuación.  

        3. 10.- Mantienen reuniones periódicas conjuntamente con el Director de Programas y el Coordinador Veterinario de la Oficina Comarcal para comentar el trabajo realizado y las posibles anomalias.       

        3. 11.- El veterinario del GSP/USP implementarà programas sanitarios y de control, por lo tanto se evitará siempre que sea posible actuar como veterinario responsable.


        3. 12.- Supervisa el buen funcionamiento de los centros de limpieza y/o desinfección de la zona.

        3. 13.- Comunicar al veterinario oficial la sospecha de la presentación de cualquier enfermedad de declaración obligatoria, asi como cualquier irregularidad detectada.

4.- El veterinario responsable de la granja:

4.1.- Toda explotación de ganado porcino ubicada en Catalunya, deberá tener un veterinario responsable. Este reconocimiento implica que el veterinario asuma el control y ejecución de las actuaciones sanitarias que se realizan a la explotación ganadera, habiendo de  anotarlas en el apartado de incidencias del LER.
4.2.- Cualquier profesional veterinario vinculado a empresa, cooperativa o marca oficial, puede ser responsable de la granja.
4.3.- Velar por la salud de los animales de las explotaciones ganaderas que tenga bajo su responsabilidad.
4.4.- Prescribir los medicamentos y anotar tratamientos. Supervisar los tratamientos y el cumplimiento del tiempo d’espera.
4.5.- Le son encomendadas una serie de responsabilidades y debe velar por su cumplimiento, colaborando con el veterinario del GSP.
4.6.- Se preocupa de notificar al veterinario del GSP las granjas bajo su responsabilidad, actualizando semestralmente si hay variaciones. En todo momento debemos saber quién es el veterinario responsable.
4.7.- Inicialmente se reunirá con la O.C. y el Director de Programas porque conozcan sus responsabilidades y a posteriori siempre que se crea conveniente.
4.8.- Responsable de la entrada de F1 negativas de la aplicación del programa vacunal de la toma de muestras de importación y exportación si la administración no indica el contrario.
4.9.-Colaborar con los veterinarios oficiales y el de l’ADS en el decurso de las visitas a las granjas. Comunicar al veterinario oficial la sospecha de presentación de cualquier enfermedad de declaración obligatoria, así como cualquier irregularidad detectada.
4.10.- Controlar las entradas de ganado a las explotaciones, comprobando la documentación que ampara el traslado, la identificación y realizando la toma de muestras de acuerdo con el programa sanitario y las instrucciones del Servicio de Sanidad Animal. De cada visita se enviará la "hoja de visita de control a la entrada de ganado" a los Servicios Veterinarios de la Oficina Comarcal.

5.- Explotaciones asociadas al GSP-ADS

5.1.- Deben cumplir obligatoriamente el plan sanitario fijado por el O.S.P.
5.2.- Cualquier explotación que desea estar al GSP debe facilitar la tasca del veterinario del GSP por tal de implementar el programa sanitario.
5.3.- Deben pagar la cuota fijada por la Junta del GSP.
5.4.- En caso de impagado, automáticamente serán excluías del GSP.
5.5.- El local social de la ADS no puede estar dentro de ningún edificio directamente relacionado con el mundo de la producción porcina, ni cooperativa, ni comerciales veterinarias.

6.- Director de Programas:

6.1.- Veterinario/a propuesto por la junta del GSP y nombrado por el DARP.
6.2.- Coordina y vela por el cumplimiento del programa sanitario.
6.3.- Mantendrá reuniones periódicas individuales con:
6.3.1.- El veterinario del GSP, por tal de controlar su actividad y recoger sus inquietudes.
6.3.2.- El veterinario responsable.
6.4.- Reuniones periódicas a las Oficinas Comarcales por tal de comentar con el coordinador las tareas realizadas. Suministrar información periódicamente de las actividades realizadas en este tiempo dentro el ámbito de actuación del GSP a los servicios veterinarios oficiales. Esta periodicidad no podrá ser superior a 3 meses.
6.5.- Se reunirá periódicamente con el Consejo Rector del GSP para informar del desarrollo del plan sanitario, de las incidencias observadas para comentar las tareas realizadas y recoger propuestas.
6.6.- Responsable de la financiación y gestión del GSP.
6.7.- Planificación de la entrada de muestras conjuntamente con el jefe de Laboratorio de la USP (veterinaria del DAR) El Laboratorio de la USP/GSP asumirá todas las serologias de estas explotaciones con respecto a la mano de obra y gestión de resultados así como de la compra de material necesario para aquellas serologias no financiadas por el DAR. Toda la infrastructura del GSP resta a disposición del DAR.

Via ADS no adherida al GSP:

Todos aquellos propietarios de animales que por sus circunstancias no deseen participar del proyecto del GSP de su provincia, optarán por el cumplimiento del programa sanitario vía ADS no adherida al GSP.

Son titulares de explotaciones ganaderas: persona física o jurídica que ejerce la actividad ganadera, organiza los bienes y los derechos integrantes de la explotación ganadera con criterios empresariales y asume los riesgos y las responsabilidades inherentes a la gestión de esta.

Las explotaciones no adheridas a la USP el propio DAR las debe controlar personalmente.

Responsabilidades/obligaciones/funciones: Mantener en buen estado la infrastructura de sus instalaciones imponiendo medidas de bioseguridad para evitar la difusión de enfermedades infecciosas.

Cumplir y facilitar el cumplimiento del programa sanitario dictado por SSA incluyendo la limpieza, desinfección y desratización de su explotación.

Mantener identificado el ganado, de acuerdo con la normativa vigente.

Anotar en el Libro de explotación el movimiento pecuario y reflejar las incidencias que se produzcan de su explotación.

Comunicar a su veterinario responsable o a los servicios veterinarios oficiales cualquier anomalía sanitaria que detecte en su explotación.

Colaborar con los veterinarios oficiales y de la ADS en las visitas de inspección y controles efectuados a su granja.

Medicamentos.

Bienestar animal.

Las ADS no adheridas al GSP deben cumplir el programa sanitario mínimo dictado por el SSA en iguales condiciones de funcionamiento y dedicación veterinaria que indica el SSA.

AGRUPACIÓN DE DEFENSA SANITARIA DE GANADO PORCINO (ADS)

Definición: Asociación de ganaderos de ganado porcino agrupados para trabajar conjuntamente con el fin de incrementar el nivel sanitario-zootécnico de sus explotaciones mediante la mejora de las condiciones higiénicas y de bienestar animal que permitan mejorar el nivel productivo.

Las ADS tenderán a tener un ámbito comarcal.

Excepcionalmente, si el censo es muy elevado, podrá autorizarse más de una comarca, y si el censo fuera pequeño, podrían tener ámbito supracomarcal.
 
La ADS agrupará titulares de explotación, no se implica al propietario de los animales, por lo tanto, este no debe pagar la cuota a la ADS si no opta por cumplir el programa sanitario vía ADS.

EL GSP será compatible con ADS en aquel territorio en el que haya ganaderos que opten por la vía sanitaria diferente marcada por ADS histórica de la zona.

El GSP funcionará como una ADS por tal de disfrutar de la ayuda de higiene y profilaxis facilidad por el DAR. Todas las ayudas se adjudicarán por trabajo hecho y por objetivos.

Las ADS no adheridas al GSP serán las responsables del establecimiento y ejecución de programas de prevención, lucha y erradicación de enfermedades del ganado porcino y mejora de las condiciones higiénicas y de bienestar animal que permitan mejorar el nivel productivo y sanitario de sus productos.

SU ACTITUD ES PRIORITARIA PARA MEJORAR EL ESTADO SANITARIO Y LA RENTABILIDAD DE LA EXPLOTACIÓN